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Del papel al código QR: la Sala Constitucional del TSJ reconoce la verificación digital de poderes y abre una oportunidad para el Legaltech venezolano

23 sept
7 min de lectura
María Alejandra Tuozzo analizando el fallo donde la Sala Constitucional del TSJ reconoce la verificación digital de poderes en Venezuela.
Verificación digital de poderes TSJ

La transformación digital del sistema jurídico no ocurre únicamente cuando se aprueba una nueva ley o se crea una plataforma tecnológica. También avanza cuando los tribunales interpretan las normas existentes de una manera compatible con mecanismos modernos de autenticidad, trazabilidad y validación documental.


En ese contexto, la sentencia N.° 0111 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en marzo de 2026, constituye un precedente de especial interés para la comunidad jurídica y tecnológica venezolana. En este fallo, la Sala Constitucional del TSJ reconoce la verificación digital de poderes y aborda la validez de los instrumentos de representación que incorporan un código QR de verificación, como los emitidos o certificados mediante los sistemas del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN).


El mensaje práctico del criterio es relevante: una copia certificada o la presentación de un poder que incluya un código QR verificable puede ser idónea para acreditar la representación ante un tribunal, siempre que su autenticidad pueda ser comprobada a través del portal oficial del ente emisor.


Esto desplaza el debate desde una lógica exclusivamente documental —centrada en sellos, firmas visibles y soportes físicos— hacia una lógica de verificabilidad. Es decir, la pregunta deja de ser únicamente si el documento “parece auténtico” y pasa a ser si su origen, integridad y vigencia pueden comprobarse mediante una fuente institucional oficial.

La decisión puede consultarse en el portal histórico del TSJ, bajo la sentencia N.° 0111, expediente N.° 25-1156.



¿Qué valida realmente este criterio sobre cómo la Sala Constitucional del TSJ reconoce la verificación digital de poderes?


Es importante precisar el alcance de este tipo de decisión. El código QR no sustituye por sí mismo al poder, ni convierte cualquier imagen o archivo digital en un instrumento auténtico. Su función consiste en facilitar un mecanismo de contraste entre el documento presentado y la información disponible en el sistema oficial de la entidad emisora.


En otras palabras, el QR funciona como un puente de verificación: permite que el tribunal, su Secretaría o la parte interesada consulte si el documento corresponde efectivamente a un acto registrado, certificado o emitido por el órgano competente.


La utilidad jurídica no deriva del código como elemento gráfico aislado, sino de la posibilidad de validar la información a través de una fuente institucional confiable.


Un ejemplo sencillo ayuda a entenderlo:


Una abogada presenta ante un tribunal una copia certificada de un poder otorgado ante una notaría. El documento incorpora un código QR. La Secretaría escanea el código y accede al portal oficial correspondiente, donde puede verificar los datos identificativos del instrumento, la autoridad emisora y los elementos de autenticidad disponibles. En ese escenario, el QR no reemplaza el poder; permite corroborar, de manera más eficiente, que el documento presentado coincide con el registro institucional.


Esta lógica reduce fricciones operativas, especialmente cuando hay documentos emitidos electrónicamente, copias certificadas digitalizadas o trámites que requieren contrastar información con registros oficiales.



El soporte normativo: mensajes de datos y firma electrónica


Aunque el hecho tecnológico sea el uso de un código QR, el fundamento jurídico no nace con esta herramienta. Venezuela cuenta desde hace años con un marco normativo que reconoce eficacia y valor jurídico a los mensajes de datos, la firma electrónica y la información inteligible en formato electrónico.


El Decreto con Rango y Fuerza de Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas tiene como objeto otorgar y reconocer eficacia y valor jurídico a la firma electrónica, al mensaje de datos y a la información electrónica atribuible a personas naturales o jurídicas.


En particular, su artículo 16 dispone que la firma electrónica que permita vincular al signatario con el mensaje de datos y atribuirle su autoría tiene la misma validez y eficacia probatoria que la firma autógrafa.


Además, la normativa venezolana reconoce que los mensajes de datos pueden tener la misma eficacia probatoria de los documentos escritos, siempre que se valoren conforme a los parámetros legales aplicables. La jurisprudencia venezolana también ha recogido expresamente esa regla al citar el artículo 4 de la Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas.


Por ello, la sentencia N.° 0111 no debe analizarse como un hecho aislado ni como una simple aceptación de una tecnología de lectura rápida. Debe entenderse como una manifestación judicial de principios ya presentes en el ordenamiento venezolano:


  • Equivalencia funcional entre soportes electrónicos y documentos tradicionales.

  • Reconocimiento de eficacia jurídica a los mecanismos electrónicos idóneos.

  • Valoración probatoria de la información digital.

  • Necesidad de poder atribuir el documento a una fuente verificable.

  • Importancia de la autenticidad, integridad y trazabilidad de la información.


SUSCERTE, como autoridad vinculada al ecosistema de certificación electrónica en Venezuela, ha señalado que el marco normativo reconoce a la firma electrónica validez jurídica y eficacia probatoria equivalentes a la firma autógrafa, bajo las condiciones previstas por la ley.



¿Por qué este precedente importa al Legaltech?


La relevancia del criterio trasciende la discusión sobre poderes judiciales. Su impacto potencial está en la forma en que abogados, empresas, departamentos legales, tribunales y proveedores tecnológicos conciben la gestión documental.


1. Reduce costos y tiempos de validación


La comprobación de un documento mediante un portal oficial puede disminuir llamadas, traslados, oficios, solicitudes físicas de confirmación y discusiones preliminares sobre autenticidad formal.


Para una empresa que gestiona múltiples poderes, autorizaciones, documentos societarios, contratos o certificaciones, esta posibilidad puede reducir tiempos de respuesta y riesgos operativos.


2. Fortalece la trazabilidad documental


Un documento físico puede ser fotocopiado, escaneado, modificado o presentado fuera de contexto. Un sistema de verificación institucional no elimina por completo esos riesgos, pero añade una capa relevante de contraste.


La organización puede verificar:


  • Si el documento fue emitido por la autoridad indicada.

  • Si la información presentada coincide con el registro oficial.

  • Si existe una referencia única, número de control o identificador verificable.

  • Si el acto puede ser contrastado con una plataforma institucional.


3. Impulsa el diseño de flujos legales digitales


Las firmas legales y departamentos jurídicos pueden incorporar controles internos para clasificar, almacenar y validar documentos con elementos verificables.


Por ejemplo, una matriz de control documental podría incluir campos como:

Campo de control

Finalidad práctica

Tipo de documento

Identificar si se trata de poder, acta, certificación, contrato u otro instrumento

Entidad emisora

Determinar la fuente institucional responsable

Código QR o enlace de validación

Facilitar la consulta de autenticidad

Fecha de emisión

Controlar vigencia y oportunidad

Responsable de verificación

Dejar constancia de quién realizó la comprobación

Fecha y resultado de validación

Crear evidencia interna de revisión

Riesgo detectado

Identificar inconsistencias, enlaces inactivos o datos no coincidentes

Este tipo de práctica es especialmente útil en cumplimiento, litigios, contratación, gobierno corporativo, auditorías, due diligence y gestión de terceros.



4. Crea una oportunidad para proveedores Legaltech


El precedente abre espacio para herramientas que no pretendan sustituir la función registral, notarial o judicial, sino ordenar el trabajo de verificación y conservación de evidencias.


Algunas soluciones posibles son:


  • Gestores documentales que registren QR, enlace oficial y resultado de la validación.

  • Flujos automatizados de revisión de poderes y documentos corporativos.

  • Alertas sobre vencimiento, revocatoria o actualización de facultades de representación.

  • Expedientes digitales con bitácora de validaciones.

  • Checklists de due diligence documental.

  • Dashboards de documentos pendientes de confirmar.

  • Sistemas de control para departamentos legales, recursos humanos, compras y cumplimiento.


La oportunidad no está simplemente en “escanear un QR”. Está en integrar la verificación dentro de un proceso jurídicamente sólido, auditable y útil para la toma de decisiones.



Límites y precauciones


El entusiasmo por la digitalización no debe llevar a conclusiones excesivas. Que un documento incorpore un QR no significa automáticamente que sea válido, vigente, suficiente o inimpugnable.


La revisión jurídica sigue siendo indispensable.


Antes de aceptar un poder o documento con verificación QR, conviene revisar al menos lo siguiente:


  • Que el QR dirija a un sitio web oficial, seguro y asociado al ente emisor.

  • Que la información consultada coincida exactamente con el documento presentado.

  • Que pueda identificarse la autoridad, fecha, número de instrumento y partes involucradas.

  • Que el poder se encuentre vigente y no haya sido revocado.

  • Que las facultades otorgadas sean suficientes para el acto o proceso concreto.

  • Que el documento cumpla los requisitos especiales exigibles según su naturaleza.

  • Que se conserve evidencia de la consulta realizada, incluyendo fecha, resultado y, cuando corresponda, captura o constancia interna de validación.


También debe distinguirse entre tres conceptos que suelen confundirse:

Concepto

Qué demuestra

Código QR

Facilita acceso a una consulta o dato digital

Firma electrónica

Permite vincular a un firmante con un mensaje de datos, según las condiciones legales aplicables

Certificación o registro oficial

Aporta una fuente institucional para corroborar emisión, contenido o autenticidad

Un QR puede apoyar la autenticidad, pero no reemplaza automáticamente una firma electrónica certificada ni subsana defectos de fondo del acto jurídico. La validez debe examinarse caso por caso.




Un cambio de enfoque para la práctica jurídica


La sentencia N.° 0111 ofrece una enseñanza importante: la práctica jurídica venezolana necesita avanzar desde la cultura del documento estático hacia una cultura de información verificable.


Para abogados litigantes, el criterio puede facilitar la acreditación de representación y reducir objeciones basadas exclusivamente en el soporte documental. Para empresas, puede incentivar políticas internas de custodia y validación. Para emprendedores Legaltech, es una señal de que existen espacios reales para desarrollar soluciones que combinen derecho, procesos, gestión documental y tecnología.


La innovación jurídica no consiste en eliminar controles formales. Consiste en diseñar controles más rápidos, trazables y confiables.


El desafío, por tanto, es doble:


  • Aprovechar mecanismos como la validación por QR para mejorar eficiencia y reducir fricción.

  • Mantener el rigor jurídico necesario para verificar representación, vigencia, facultades, integridad y procedencia institucional.


La decisión de la Sala Constitucional puede leerse como un avance hacia una justicia más interoperable con los sistemas digitales de la administración pública. Aún quedan retos importantes en materia de estandarización, acceso, ciberseguridad, preservación de evidencia digital e interoperabilidad institucional. Sin embargo, el precedente confirma una dirección: la autenticidad documental puede —y debe— dialogar con la tecnología.


Para la comunidad de Legaltech Venezuela, la pregunta ya no es si los documentos verificables digitalmente formarán parte de la práctica legal. La pregunta es cómo diseñaremos procesos, herramientas y estándares para usarlos con seguridad jurídica.

La sentencia está disponible en el portal histórico del TSJ como decisión de la Sala Constitucional N.° 0111, expediente N.° 25-1156.


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María Alejandra Tuozzo

Abogada | Consultora en Estructura Operativa


Ayudo a fundadores y empresas en crecimiento a poner orden en su operación, diseñar procesos eficientes y proteger su patrimonio con respaldo legal. Mi enfoque combina la arquitectura de procesos, la gestión del talento y el cumplimiento normativo para que las organizaciones puedan escalar y adoptar tecnologías con solidez legal y operativa.


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